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Los instrumentos jurídicos internacionales refrendan los regímenes de responsabilidad y seguridad

Joanne Liou

Tanto en condiciones normales como, en especial, cuando ocurre un imprevisto, es indispensable disponer de un marco jurídico adecuado para el uso pacífico y en condiciones de seguridad tecnológica y física de la tecnología nuclear. Los sistemas legales nacionales e internacionales en materia nuclear vigentes establecen un marco jurídico para que las actividades relacionadas con la energía nuclear y la radiación ionizante se ejecuten de forma que se proteja adecuadamente a las personas, los bienes y el medio ambiente; este marco ayuda, además, a determinar la responsabilidad en caso de que algo falle.

El accidente ocurrido en Chornóbil en 1986 propició que se aprobaran rápidamente la Convención sobre la Pronta Notificación de Accidentes Nucleares (Convención sobre Pronta Notificación) y la Convención sobre Asistencia en caso de Accidente Nuclear o Emergencia Radiológica (Convención sobre Asistencia), la base jurídica sobre la que se sustenta el marco internacional de preparación y respuesta para casos de emergencia. Las negociaciones ulteriores condujeron a la aprobación del Protocolo Común relativo a la Aplicación de la Convención de Viena y del Convenio de París en 1988, así como del Protocolo de Enmienda de la Convención de Viena sobre Responsabilidad Civil por Daños Nucleares y de la Convención sobre Indemnización Suplementaria por Daños Nucleares en 1997. Además, el accidente nuclear de Fukushima Daiichi de 2011 actuó como catalizador de los esfuerzos por seguir reforzando el marco vigente de responsabilidad por daños nucleares y seguridad nuclear.

“En el momento en que se produjo el accidente de Chornóbil en 1986, se habían concertado pocos tratados bajo los auspicios del OIEA en relación con los usos pacíficos de la energía nuclear”, afirma Andrea Gioia, Oficial Jurídico Superior del OIEA. Además de la aprobación en 1986 de las Convenciones sobre Pronta Notificación y sobre Asistencia, posteriormente llegaron la Convención sobre Seguridad Nuclear, aprobada en 1994, y la Convención Conjunta sobre Seguridad en la Gestión del Combustible Gastado y sobre Seguridad en la Gestión de Desechos Radiactivos, en 1997.

Tras el accidente nuclear de Fukushima Daiichi, los Estados Miembros aprobaron el Plan de Acción del OIEA sobre Seguridad Nuclear (más información), una de cuyas 12 esferas se centra en el fortalecimiento del marco jurídico internacional. “Se hizo especial énfasis en la aplicación efectiva de los tratados vigentes, así como en el fortalecimiento del régimen de responsabilidad por daños nucleares”, indica el Sr. Gioia.

Para que la energía nucleoeléctrica pueda desempeñar el papel que le corresponde en la descarbonización del suministro energético mundial, es indispensable suprimir los obstáculos al desarrollo de nuevas instalaciones, por ejemplo la incertidumbre que rodea a los regímenes de responsabilidad.
Steven McIntosh, Presidente, Grupo Internacional de Expertos sobre Responsabilidad por Daños Nucleares (INLEX), y Directivo Superior, Asuntos Gubernamentales e Internacionales, Organización Australiana de Ciencia y Tecnología Nuclear (ANSTO

Facilitar la responsabilidad por daños nucleares a nivel mundial

La importancia de un régimen mundial de responsabilidad por daños nucleares al definir las responsabilidades jurídicas “radica en dos grandes cuestiones: la confianza del público y el comercio nuclear. Para que la energía nucleoeléctrica pueda desempeñar el papel que le corresponde en la descarbonización del suministro energético mundial, es indispensable suprimir los obstáculos al desarrollo de nuevas instalaciones, por ejemplo la incertidumbre que rodea a los regímenes de responsabilidad”, señala Steven McIntosh, Presidente del Grupo Internacional de Expertos sobre Responsabilidad por Daños Nucleares (INLEX).

En el Plan de Acción del OIEA se expone la necesidad de establecer “un régimen mundial de responsabilidad por daños nucleares que aborde las preocupaciones de todos los Estados que podrían verse afectados por un accidente nuclear con miras a facilitar una indemnización adecuada por daños nucleares”, expresa el Sr. McIntosh, que también es Directivo Superior de Asuntos Gubernamentales e Internacionales de la Organización Australiana de Ciencia y Tecnología Nuclear (ANSTO).

Si bien la Convención sobre Indemnización Suplementaria por Daños Nucleares se aprobó en 1997, no entró en vigor hasta 2015, cuando el Japón presentó su instrumento de aceptación.

“Las Partes Contratantes han decidido crear un sistema de reuniones periódicas para examinar los problemas de interés común y seguir promoviendo la adhesión a la Convención, y así fortalecer la responsabilidad a escala mundial”, dice el Sr. Gioia.

La primera reunión de las partes en la Convención tuvo lugar en 2018, y la próxima está prevista para agosto de 2021 en Viena. La Convención sobre Indemnización Suplementaria tiene por objeto aumentar el importe de la indemnización disponible en caso de un accidente nuclear mediante fondos públicos que deben aportar las Partes Contratantes con arreglo a la tasa de prorrateo de las Naciones Unidas.

En defensa de la Convención sobre Seguridad Nuclear

Aunque los intentos para modificar la Convención sobre Seguridad Nuclear tras el accidente de Fukushima Daiichi no llegaron a buen puerto, en 2015 se aprobó por consenso la Declaración de Viena sobre la Seguridad Nuclear, una declaración política que ofrece orientaciones a las Partes Contratantes en cuanto al diseño, la selección del emplazamiento y la construcción de nuevas centrales nucleares, así como sobre las evaluaciones que deben realizarse periódicamente en las instalaciones existentes a fin de determinar las mejoras de seguridad necesarias para cumplir los objetivos de la Convención. “Las Partes Contratantes también se comprometieron a reflejar estos principios en sus acciones al elaborar los informes que habían de presentar para su consideración en la Séptima Reunión de Examen de la Convención sobre Seguridad Nuclear, celebrada en 2017”, señala Judit Silye, Oficial Jurídica del OIEA.

Asimismo, se creó el Grupo de Trabajo sobre la Eficacia y la Transparencia con el objetivo de proporcionar orientaciones en relación con el cumplimiento de los objetivos de la Convención, así como para apoyar la elaboración de informes nacionales y mejorar la transparencia, el proceso de examen y la cooperación internacional. “A este respecto, cada informe nacional se pone a disposición del público después de la Conferencia de Examen, a menos que la Parte Contratante en cuestión indique a la Secretaría lo contrario”, añade la Sra. Silye.

Convención sobre Seguridad Nuclear

Uno de los objetivos de la Convención sobre Seguridad Nuclear, que entró en vigor el 24 de octubre de 1996, es “lograr y mantener un elevado nivel de seguridad nuclear en todo el mundo mediante la mejora de las medidas nacionales y la cooperación internacional”. Con arreglo a lo dispuesto en la Convención, las 90 Partes Contratantes deben, entre otras cosas, presentar informes nacionales sobre el cumplimiento de sus obligaciones dimanantes de este instrumento, que son objeto de un “examen por homólogos” en las reuniones que se celebran cada tres años.

03/2021
Vol. 62-1

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