Marco jurídico de las salvaguardias

Las salvaguardias del OIEA desempeñan una función central en la tarea de prevenir la proliferación de armas nucleares mediante la verificación independiente del cumplimiento por los Estados de sus compromisos en materia de no proliferación nuclear. Las salvaguardias del OIEA están integradas en acuerdos jurídicamente vinculantes concertados entre los Estados y el OIEA. Estos acuerdos proporcionan el fundamento jurídico para la aplicación de las salvaguardias.

El marco jurídico de las salvaguardias del OIEA se compone de una serie de elementos, que incluyen el Estatuto del OIEA; las obligaciones de los Estados con arreglo al Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares (TNP) y los tratados que establecen zonas libres de armas nucleares; instrumentos de salvaguardias como los acuerdos de salvaguardias, los protocolos y arreglos subsidiarios a estos acuerdos; y las decisiones de la Junta de Gobernadores del OIEA.

El OIEA concierta tres tipos de acuerdos de salvaguardias:

  • acuerdos de salvaguardias amplias con Estados no poseedores de armas nucleares que son Partes en el TNP;
  • acuerdos de ofrecimiento voluntario con Estados poseedores de armas nucleares que son Partes en el TNP; y
  • acuerdos de salvaguardias específicos para partidas con Estados que no son Partes en el TNP.

Cada uno de estos acuerdos puede complementarse con un protocolo adicional, que incluye disposiciones relativas al suministro de información sobre todas las partes del ciclo del combustible nuclear de un Estado, desde las minas hasta los desechos nucleares, así como el acceso a estas.

Los protocolos sobre pequeñas cantidades pueden concertarse en combinación con un acuerdo de salvaguardias amplias. Actualmente, los protocolos sobre pequeñas cantidades están a disposición de los Estados que poseen materiales nucleares en cantidades mínimas o que no poseen materiales nucleares, y que no tienen materiales nucleares en ninguna instalación.

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