Códigos de conducta

El régimen mundial de seguridad tecnológica que promueve el OIEA se basa en parte en diversos instrumentos jurídicos intergubernamentales. Entre esos instrumentos jurídicos no solo figuran las convenciones jurídicamente vinculantes, sino también los códigos de conducta jurídicamente no vinculantes.

Código de Conducta sobre la Seguridad Tecnológica y Física de las Fuentes Radiactivas

El objetivo de este Código es ayudar a las autoridades nacionales a asegurar que las fuentes radiactivas se utilicen en un marco apropiado de seguridad radiológica tecnológica y física. El Código es un instrumento internacional jurídicamente no vinculante que goza de gran aceptación y que ha recibido el apoyo político de más de 130 Estados Miembros.

El Código se complementa con dos documentos: las Directrices sobre la Importación y Exportación de Fuentes Radiactivas, cuyo objetivo es proporcionar un marco adecuado para la transferencia de la responsabilidad cuando se transfiere una fuente de un Estado a otro; y las Orientaciones sobre la Gestión de las Fuentes Radiactivas en Desuso, que ofrecen más orientación sobre el establecimiento de una política y una estrategia a escala nacional para la gestión de las fuentes en desuso, así como sobre la puesta en práctica de opciones de gestión como el reciclaje y la reutilización, el almacenamiento a largo plazo antes de la disposición final y la devolución a un suministrador.

Código de Conducta sobre la Seguridad de los Reactores de Investigación

Este Código refuerza los arreglos internacionales en materia de seguridad tecnológica nuclear para los reactores de investigación civiles. Establece los parámetros para la gestión de la seguridad tecnológica de los reactores de investigación y proporciona orientaciones a los gobiernos, los órganos reguladores y las entidades explotadoras para la formulación y armonización de las políticas, las leyes y los reglamentos pertinentes.

Su objetivo es lograr y mantener un alto grado de seguridad en los reactores de investigación de todo el mundo, lo que se consigue mediante condiciones de explotación correctas, la prevención de accidentes y, de producirse estos, la mitigación de sus consecuencias radiológicas.

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